FUSIÓN

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FUSIÓN DE LAS ESPECIALIDADES DE ANÁLISIS CLÍNICOS Y BIOQUÍMICA CLÍNICA

Estimadas/os socias/os y compañeras/os.  Ante las frecuentes consultas acerca del estado de la fusión de las especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica, desde las Comisiones Nacionales de ambas y desde las Sociedades Científicas queremos manifestaros nuestra preocupación y que seguimos trabajando sin pausa para poder conseguir este anhelado objetivo. Para ello, queremos daros a conocer la situación en la que nos encontramos, así como exponeros un breve repaso de lo realizado hasta la fecha.

Las actuales especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica han existido desde hace décadas. Los últimos programas formativos fueron aprobados en el BOE el 2 de noviembre de 2006 (ORDEN SCO/3369/2006, de 9 de octubre, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Análisis Clínicos) y el 21 de octubre de 2006 (ORDEN SCO/3252/2006, de 2 de octubre, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Bioquímica Clínica) respectivamente. Desde entonces las líneas que históricamente delimitaban las áreas de conocimiento de ambas especialidades se han ido difuminando progresivamente, hasta llegar al punto de que, actualmente, comparten muchos conocimientos y los mismos entornos organizativos de trabajo. De hecho, a lo largo de todo el país son muchos los servicios, independientemente del tamaño de los mismos, donde trabajan indistintamente profesionales de ambas especialidades. Podemos pues decir que las fronteras entre ambas especialidades, funcionalmente hablando han desaparecido.

En 2013, en una reunión en el Ministerio, se planteó la fusión de Análisis y Bioquímica como paso previo al proceso de troncalidad. El Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regulaba la troncalidad, la especialización troncal y las áreas de capacitación específica, recogía en el artículo 41 (Creación de nuevos títulos de especialidades pluridisciplinares), la creación de la especialidad de “Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica”, procedente de la fusión de ambas especialidades, incluyendo una disposición transitoria que reconocía la convalidación entre títulos. Con ello se pretendía resolver una situación anómala e irregular en ese momento que impactaba en el día a día del trabajo de los laboratorios clínicos y producía numerosos conflictos a nivel de plantillas, oposiciones, convocatorias de jefaturas y formación de nuevos especialistas. Ayudaba además a satisfacer las demandas de muchos profesionales de los laboratorios clínicos de nuestro país y, a la vez, se acercaría nuestro modelo de especialidades de laboratorio a lo que ya ocurre en la mayoría de los países europeos. En este periodo de tiempo, se cubrieron plazas aceptando de forma indistinta las dos especialidades y se generaron bolsas de trabajo comunes.

Sin embargo, la derogación de este Real Decreto debido a un error en el cálculo del impacto económico que la implantación de la troncalidad podía suponer, conllevó también la desaparición de otras muchas medidas que en él iban contempladas, incluyendo la unificación de las dos especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica. Ello supuso un jarro de agua fría para todos los que esperábamos poder ver cumplido un viejo anhelo, con la consiguiente frustración y decepción de muchos profesionales.

Hasta la derogación del RD, se llegó a constituir una nueva Comisión Nacional de la especialidad fusionada que durante algo más de año y medio estuvo trabajando en el borrador de un nuevo programa de formación de la “nueva” especialidad. Tras la derogación del RD se disolvió la Comisión Nacional de la especialidad fusionada y se constituyeron de nuevo las Comisiones Nacionales de las Especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica. Desde su formación, ambas han trabajado de manera constante y conjunta con la finalidad de que se volviera a crear una nueva especialidad que unificara a ambas.

Con esta finalidad, y con la decidida participación de las tres sociedades científicas de ámbito nacional, la Sociedad Española de Medicina de Laboratorio (SEQC-ML), la Asociación Española del Laboratorio Clínico (AEFA) y la Asociación Española de Biopatología Médica-Medicina de Laboratorio (AEBM-ML), se han mantenido diversos contactos con la Dirección General de Ordenación Profesional (DGOP) del Ministerio de Sanidad en los que siempre se ha manifestado la unánime voluntad y disposición para lograr este objetivo.

Además, y por indicación de la DGOP, las Comisiones Nacionales de las especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica elaboraron de forma conjunta el programa de formación de la especialidad fusionada. Este programa con sus competencias e itinerario formativo fue presentado a la DGOP y el Consejo Nacional de Especialidades en el año 2020.

La unificación de ambas especialidades es un objetivo que comparten la gran mayoría de los especialistas en Análisis Clínicos y en Bioquímica Clínica de nuestro país y que ayudaría a resolver el agravio que desde hace años existe en el sistema público donde los criterios para las convocatorias de plazas son diferentes entre Comunidades Autónomas (en unas se convocan de forma independiente y en otras de forma indistinta).

Además, esta incertidumbre también afecta a los nuevos especialistas en formación, ya sea en el momento de elegir plaza como a la hora de valorar el impacto de la fusión en las salidas profesionales. Estamos convencidos de que el nuevo programa formativo de la especialidad unificada de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica, además de actualizar sus contenidos 17 años después, va a permitir adecuar el programa formativo a la realidad de lo que está sucediendo en los laboratorios clínicos, tanto de nuestro país como de Europa, donde la convergencia tecnológica, instrumental, organizativa e incluso de sistemas de información ya han llevado a la integración de facto de ambas especialidades.

Tengamos en cuenta que, a pesar de que no se ha realizado un estudio económico en profundidad, no se prevé que suponga un aumento de costes para ninguna de las administraciones implicadas, y sin embargo, si vemos motivos para que incluso puedan disminuir (simplificación de convocatorias de OPEs y plazas y unificación de plantillas). A nivel de formación, ya en la actualidad los centros tienden a que ésta sea muy semejante en ambas especialidades, por lo que el impacto en la acreditación de la especialidad conjunta sería muy pequeño. Si damos por correcto que los contenidos en Bioquímica Clínica están incluidos en la especialidad de Análisis Clínicos, el 85 % de las unidades docentes podrían acreditarse de manera automática y el resto, son centros de tercer nivel que disponen de recursos suficientes para una acreditación rápida.

Además, en numerosas reuniones y contactos con colectivos profesionales y políticos como los Consejos Generales de Colegios Oficiales (Biólogos, Farmacéuticos, Médicos y Químicos), la Comisión Permanente del Consejo Nacional de Especialidades, las Consejerías de Sanidad de las CCAA de Aragón y Murcia, la FACME o la propia DGOP, se ha recibido su apoyo a este proyecto y en ningún caso hemos encontrado reticencia o rechazo al mismo. A nivel de los profesionales, en diferentes encuestas realizadas por la Sociedades Científicas hemos objetivado un abrumador apoyo al mismo. Es decir, no vemos dificultad alguna y, sin embargo, sí que tenemos el apoyo unánime de todos aquellos con los que hablamos.

Otro dato relevante es que en un acta de reunión de la Comisión de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad de diciembre de 2018 se aprobó ya la fusión de las dos especialidades. Este paso es muy relevante pero no es suficiente.

Consideramos que no es bueno demorar más la fusión de ambas especialidades y que desde la DGOP del Ministerio de Sanidad se debería priorizar este objetivo en el que llevamos tantos años trabajando tanto desde las Sociedades Científicas como desde las Comisiones Nacionales de ambas especialidades. Dentro del recientemente aprobado Real Decreto 589/2022, de 19 de julio de Especialidades Sanitarias existe la posibilidad de habilitar la llamada vía rápida (artículo 7 del Real Decreto). Es la vía en la que de forma insistente venimos trabajando en los últimos años y que ayudaría a resolver una situación incierta e irregular de dos especialidades sanitarias de demostrada relevancia en nuestro sistema sanitario.

Firmado por:

Presidente de la Comisión Nacional de Análisis Clínicos
Presidente de la Comisión Nacional de Bioquímica Clínica
Presidente de la Asociación Española de Laboratorio Clínico AEFA
Presidente de la Sociedad Española de Medicina de Laboratorio SEQC-ML
Presidenta de la Asociación Española de Biopatología Médica – Medicina de Laboratorio AEBM-ML

 

 

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